miércoles, 3 de octubre de 2007

tema 2 : Aspectos Legales para la constitución de Empresa

Aspectos Legales para la constitución de Empresa
Libertad de industria y comercio.



A pesar de la escasez de estudios y jurisprudencia, ante lo que hemos denominado el comerciante en la actualidad todos ejercemos dicha actividad de manera individual o social, es por ello que se deben acatar ciertas normas para ejercer dicha actividad pero antes debemos tener muy clara quienes son comerciantes formales (sociales), Son aquellos quienes ejercen profesionalmente en nombre propio y con fin de lucro cualquiera de las siguientes Actividades:

Industria dirigida a la producción de bienes o servicios.
La intermedia en la circulación de bienes y servicios
La de trasporte por tierra, por mar o por aire.
La bancaria o de seguro
Otras auxiliares de la precedente.

Teniendo claro que es un comerciante podemos decir que dependiendo de cual sea la actividad de comercio que este realice se debe regir por normas para llevar a cabo dichas actividades un ejemplo es la compra y venta de bebidas alcohólicas la cual deberá cumplir con lo establecido en la LEY DE EXPENDIO DE BEBIDAD ALCOHÓLICAS, entre otras.

Es cierto que al realizar comercio hay que acatar leyes pero cabe destacar que hay un requisito fundamental para que se realice la actividad de comercio, este es la patente entendiendo por esta “Es un conjunto de derechos exclusivos garantizados por un gobierno o autoridad al inventor de un nuevo producto (material o inmaterial)”. Existen patentes para industria y comercio la cual la prestación es exigida en dinero por el municipio a las personas públicas y privadas que realizan en la jurisdicción municipal una actividad industrial, comercial, de servicio o de índole semejante, establecida mediante una ordenanza, que se destina a financiar los gastos públicos municipales, esta debe cumplir con una serie de requisitos y documentos para que pueda ser otorgada, esta deberá renovarse cada cierto tiempo de lo contrario se tomaran las medidas correspondientes. Otra es la patente para expender bebidas alcohólicas esta será expandida por la alcaldía de conformidad con las normas que establezca la ordenanza respectiva sin perjurio lo establecido en las leyes que rigen en materia municipal la industria relacionada con esta especie solo podrán funcionar mediante el previo registro de la OFICINA DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA NACIONAL de su domicilio fiscal.